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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Claustro

 

    El
personal docente del colegio lo forman 19 maestros y maestras. Según
catálogo la dotación de puestos de trabajo es:

 

Especialidades
E.
Infantil
E.
Primaria
EF
MU
FI
PT
AL
TOTAL
Puestos
3 9 2 1* 2 1 1 19
Definitivos
3 9 2 1* 2 1 1 19
Interinos
0 0 0 0 0 0 0 0
TOTAL
3 9 2 1* 2 1 1 19

 


Los
puestos marcados con * son itinerantes.

    Música itinera con Maguilla los miercoles y viernes



 


 


El Claustro de Profesores.

    El Claustro de Profesores es el
órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de
planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro
será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten
servicios docentes en el centro.


Son competencias del Claustro:


a) Elevar al equipo directivo
propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación
General anual.


b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa,
aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos.


c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar
ésta antes de su presentación al Consejo Escolar.


d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación
pedagógica.


e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro.


f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de
profesores.


g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los
candidatos.


h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.


i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.


j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros.


k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del
centro.


l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través
de los resultados de las evaluaciones.


ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.


m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la
Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
 

El Claustro se
reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque
el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo
caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del
curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro
será obligatoria para todos los miembros.