
CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO CURSO 2021/2022
Con fecha de 7 de diciembre de 2021 ha sido publicada la Resolución por la que se convocan ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2021/2022.
El plazo de presentación de solicitudes para la Línea A y para la Línea C será de diez días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
Las solicitudes se formalizarán según el modelo que se acompaña como anexo I a la presente orden de convocatoria, y serán dirigidas al titular de la Delegación Provincial de Badajoz.
Documentación a aportar:
– Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del sector o, en su caso, del Departamento de Orientación, dependientes de la Administración educativa de la Junta de Extremadura, según el modelo que figura como Anexo II para la Línea A, o como Anexo III para la modalidad B o como Anexo IV para la modalidad C. En caso de que el interesado no autorice y consienta expresamente a la Administración a recabarlo de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la documentación.
– Declaración responsable del profesional que realizará la atención logopédica, la psicoterapia o el apoyo educativo domiciliario según modelo que figura en el anexo V de la presente orden.
– Certificación de la dirección del centro educativo donde el alumno realiza estudios en el curso para el que se solicita la ayuda según modelo que figura como Anexo VI para la Línea A o como Anexo VII para la Línea B. En caso de que el interesado no autorice y consienta expresamente a la Administración a recabarlo de oficio, tal como se contempla en el Anexo I, deberá aportarlo junto al resto de la documentación.
– Copia auténtica del Libro de Familia completo.
– Original o fotocopia compulsada del certificado de la Agencia Tributaria en el que se haga constar que el/la profesional, centro, institución o gabinete que realizará la atención especializada, está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), si no prestase la autorización al órgano gestor para recabar dicho certificado que figura en el Anexo V.
– Presupuesto del coste de servicio, firmado por el profesional, centro, institución o gabinete que lo vaya a prestar.
– Documento original de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, referido a la cuenta bancaria en que desee que se le ingrese la ayuda, debiendo figurar el alumno beneficiario de la ayuda como cotitular con el solicitante de la misma en el número de cuenta que se relaciona en la documentación del alta de terceros. No obstante, en el caso de encontrarse dado de alta, deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el Anexo I.
Los solicitantes de la Línea C deberán aportar, además de la documentación del anterior apartado 1, un informe expedido por el facultativo competente del sistema sanitario público que especifique que el alumno necesitará tratamiento psicoterapéutico durante todo o parte del curso escolar 2020/2021.
Pueden consultar la Resolución al completo o acceder al impreso de solicitud a través de los siguientes enlaces:
Resolución
Impreso